El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado en una sentencia una condena al Banco de España a admitir la petición de una de sus trabajadoras con dos hijos de 3 y 2 años a adaptar su jornada para conciliar su vida laboral y familiar.
El TSJM desestima el recurso interpuesto por el Banco de España contra la sentencia dictada el año pasado por el Juzgado de lo Social 38 de Madrid.
El Juzgado estimó la demanda formulada por la trabajadora contra el Banco de España y declaró su derecho a la adaptación de su jornada de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas con flexibilidad de media hora en la entrada y sin pausa para la comida.
Los magistrados explican que el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de la empleada, que ya disfruta de una reducción de jornada, a solicitar una adaptación.
Ello «dado que los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocen a los trabajadores en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio».
La sentencia explica que la demandante presentó el 20 de junio de 2019 la solicitud de adaptación horaria de su jornada manifestando tener dos hijos menores de 12 años, uno de 3 años y otra de 2, por necesidades de conciliación de la vida familiar y laboral.
Cuando el Banco de España le pidió que ampliara los motivos de su petición y aclarara si el padre cumplía con sus responsabilidades, alegó que su cónyuge sale a las tres de trabajar y que ambos son necesarios para recoger a sus hijos ya que van a colegios distintos y además tienen actividades extraescolares al margen de otros imprevistos que surgen como llevarles al médico. Finalmente el Banco de España le denegó su solicitud pero el TSJM ha dado la razón a la trabajadora.