Condiciones especiales que regirán los ERTEs hasta el 30 de septiembre.

Las empresas que se acojan a la extensión de los ERTE por fuerza mayor no podrán realizar horas extra, externalizar trabajos ni realizar nuevas contrataciones, entre otros aspectos.

Estos ERTEs estarán orientados hacia una paulatina recuperación de la actividad, por lo que se primarán las reducciones de jornada para repartir el trabajo entre toda la plantilla. En cuanto a los ERTE por causas Económicas, Técnicas, Organizativas y Productivas, conocidos técnicamente por sus siglas ETOP, que seguían vigentes mantendrán las mismas condiciones que hasta la fecha.

Aquellos otros que se tramiten a partir del 1 de julio, de cara a beneficiarse de las bonificaciones, implicarán que no podrán realizarse horas extra ni externalizar ningún trabajo, así como la imposibilidad de hacer nuevas contrataciones.

Asimismo, se repiten las salvaguardas para el empleo ya que las empresas que se acojan a un ERTE desde el 1 de julio tendrán que mantener los puestos de trabajo durante seis meses, compromiso que aquellas otras compañías con ERTE previos comenzará a contarse cuando retomen la actividad.

Las causas alegadas por las empresas no servirán para justificar despidos. De cara a incentivar la reincorporación de los trabajadores, las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social serán mayores para los empleados en activo que para aquellos en paro.

Así, las empresas con menos de 50 empleados se descontarán el 60% de las cotizaciones para los asalariados activos, que se reduce al 35% para los suspendidos.

Estos porcentajes serán del 40% y del 25% en las compañías con 50 empleados o más. En casos de ERTE por fuerza mayor en empresas con reinicio de actividad impedido, si la plantilla es de menos de 50 trabajadores la exoneración será del 70% en julio, el 60% en agosto y el 35% en septiembre, que pasa a ser del 50%, 40% y el 25% respectivamente para las de mayor tamaño.

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