Un caso recurrente es el de pensar que las deudas prescriben al cabo de un tiempo. De hecho es así, y en este artículo lo explicamos mejor.

Prescripción de la documentación

Sí es cierto que, por regla general, solo estamos obligados a conservar la documentación de los 5 años anteriores para Hacienda. Esto significa, por ejemplo, que si no la localizamos o la hemos destruido, la Agencia Tributaria no nos puede sancionar por no tenerla. Por esa razón, no suelen pedir documentación o cuentas de años anteriores. Hay un momento en que ya no se puede reclamar la documentación, de manera que los acreedores desisten de reclamarla.

Como principio básico, esta práctica también es bueno mantenerla en las empresas porque el fisco puede reclamar documentación y facturas para realizar inspecciones. Esto también lo puedes aplicar para todo tipo de documentación, así como los recibos.

Extinción de las deudas

La legislación española, a través del Código Civil en el artículo 1961, reconoce la prescripción de las deudas. Esto supone que, a partir de un determinado momento, el acreedor no la podrá reclamar. Como principio general, se establecen 5 años si no se ha hecho un pronunciamiento en sentido contrario. En 2015, el Gobierno aprobó una nueva ley de prescripción de deudas que, como principio general, las reducía.

No obstante, hay que tener en cuenta que en los contratos se pueden establecer otros plazos de deuda y estos tendrían prioridad. Por ese motivo, convendría consultar las leyes sectorialea para no tener problemas en el futuro.

Compraventa en sociedades mercantiles

Como principio general, el plazo de prescripción en estos casos es de 5 años aunque en algunos casos se reduce a 3 (pagarés o letras de cambio). Este es el caso más habitual en PYMES, por ejemplo.

Deudas con Hacienda y la Seguridad Social

En esta casuística concreta, las deudas prescriben a los 4 años. No obstante, y si hay indicios de delito, sí que se podrían revisar ingresos anteriores. De todas formas, este es el plazo que indica la Ley General Tributaria.

Cuotas de las Comunidades de Propietarios

Como principio general, las cuotas impagadas de las comunidades de propietarios solo se podrán reclamar los 5 años posteriores. Ahora bien, como esta medida no tiene carácter retroactivo, se seguirá aplicando para aquellos que tomaron la deuda antes de 2015 el plazo de 15 años.

Deudas hipotecarias

Este es el plazo más largo de deuda, puesto que la entidad financiera podrá reclamar durante 20 años si así lo considera. De ahí que, en esencia, no haya cambiado demasiado la cuestión en este aspecto, que es la de la casa principal.

Deuda de suministros

Los suministros de una vivienda o negocio (agua, luz, teléfono…) pueden reclamarse durante los 5 años posteriores. Si no se hace, se considerará prescrita la deuda y extinguida.

Deuda por manutención de hijos

Con carácter general, las pensiones alimenticias se podrán reclamar los 5 años posteriores a que se contrajese la deuda. En cualquier caso, este es un supuesto poco frecuente.

¿Cómo se interrumpe la prescripción?

La prescripción de la deuda se interrumpe de forma parecida a como sucede en el resto de jurisdicciones. Si en algún momento, el acreedor envía una comunicación para cobrar esa deuda (preferentemente por burofax), se entenderá que el plazo de prescripción se ha interrumpido. Por este motivo, es conveniente revisar si hubo la recepción de esa comunicación en tiempo y forma para determinar si se puede cobrar o no.

En el caso de que hubiese comunicación, lo que sucede es que el plazo vuelve a correr desde el principio. De todas formas, y como hoy se ha acortado, hay muchas deudas que se van a extinguir por prescripción. Básicamente, si se da el caso de que sean imposibles de cobrar. Cuando esto sucede, ni siquiera el fondo propietario de los derechos hace gestiones para recuperarlos.

La nueva legislación de prescripción de deudas favorece al consumidor y usuario. Junto con otras leyes como la de la Segunda Oportunidad, se busca abrir nuevas posibilidades para quien ha pasado por un momento difícil.

Conclusión

Conocer cuál es tu situación financiera es importante para poder tomar decisiones. De esta forma, resultará mucho más fácil todo el proceso. En Tierno Centella contamos con un equipo de profesionales del derecho especializados en estas áreas. Si eres particular o profesional, te puede interesar conocer los detalles de la legislación y contar con un representante que defienda tus intereses ante las instancias judiciales.

Por todos estos motivos, te animamos a que nos conozcas mejor. Contacta con nosotros y te hablaremos con más detalle de las opciones a tu alcance. Estamos a tu servicio y contamos con una trayectoria contrastada en el sector.

 

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