Enhorabuena al ICAM por la organización de las ponencias realizadas dentro de la sección de responsabilidad civil y seguro, y en la que Abogados especializados en responsabilidad civil, tuvimos la oportunidad de escuchar las críticas y reflexiones del maestro Don Mariano Medina Crespo y las desgarradoras vivencias de los miembros de la Asociación DIA de víctimas de accidentes. Dicho seminario, no dejó indiferente a ninguno de los asistentes, y a la salida y reflexionando sobre dicha valoración, tuve la oportunidad de compartir el debate con una persona a la que aprecio mucho y de la que ignoraba que a su madre le había atropellado un autobús hace 5 años y que milagrosamente había salvado la vida pero le habían amputado la pierna, por lo que nunca pudo volver a su casa, al ser un segundo piso sin ascensor.

Y dicha persona me preguntaba ¿Cómo se valora que una persona no pueda volver a su casa? Y es que tras un accidente no solo persiste la secuela física, sin duda gravísima, sino la moral, en este caso la de no volver nunca a tu hogar. En este caso, la víctima tenía 80 años y el accidente fue anterior a la reforma, por lo que la valoración e indemnización de su daño fue la mínima en todos los aspectos. ¿Nadie se hizo entonces la pregunta que me formulaba ahora su hijo?: ¿Cuánto vale que una persona no vuelva a su casa nunca más?

La asociación, partiendo de las consideraciones médicas, explicó la importancia de un informe pericial elaborado por trabajadores sociales y destinado a valorar ese daño moral, atendiendo a la edad y a las actividades que la víctima ya no podrá realizar. Sin duda una herramienta más para poder demostrar al juez que el daño de las víctimas no tiene límite y que cualquier indemnización, por mucho que pudiera parecer, siempre será insuficiente.

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