Magistral exposición de la valoración de los daños morales por pérdida de calidad de vida tras las secuelas derivada de accidentes

Enhorabuena al ICAM por la organización de las ponencias realizadas dentro de la sección de responsabilidad civil y seguro, y en la que Abogados especializados en responsabilidad civil, tuvimos la oportunidad de escuchar las críticas y reflexiones del maestro Don Mariano Medina Crespo y las desgarradoras vivencias de los miembros de la Asociación DIA de víctimas de accidentes. Dicho seminario, no dejó indiferente a ninguno de los asistentes, y a la salida y reflexionando sobre dicha valoración, tuve la oportunidad de compartir el debate con una persona a la que aprecio mucho y de la que ignoraba que a su madre le había atropellado un autobús hace 5 años y que milagrosamente había salvado la vida pero le habían amputado la pierna, por lo que nunca pudo volver a su casa, al ser un segundo piso sin ascensor.

Y dicha persona me preguntaba ¿Cómo se valora que una persona no pueda volver a su casa? Y es que tras un accidente no solo persiste la secuela física, sin duda gravísima, sino la moral, en este caso la de no volver nunca a tu hogar. En este caso, la víctima tenía 80 años y el accidente fue anterior a la reforma, por lo que la valoración e indemnización de su daño fue la mínima en todos los aspectos. ¿Nadie se hizo entonces la pregunta que me formulaba ahora su hijo?: ¿Cuánto vale que una persona no vuelva a su casa nunca más?

La asociación, partiendo de las consideraciones médicas, explicó la importancia de un informe pericial elaborado por trabajadores sociales y destinado a valorar ese daño moral, atendiendo a la edad y a las actividades que la víctima ya no podrá realizar. Sin duda una herramienta más para poder demostrar al juez que el daño de las víctimas no tiene límite y que cualquier indemnización, por mucho que pudiera parecer, siempre será insuficiente.

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