Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

¿Qué es el permiso retribuido recuperable?

Es un permiso retribuido recuperable de carácter obligatorio entre el 30 de marzo y el 9 de abril, ambos inclusive. Los trabajadores conservaran el derecho a la retribución incluyendo base y complementos salariales.

¿A quiénes se les aplica este permiso retribuido ?

A todas las personas trabajadora por cuenta ajena que presten servicios en empresas cuya actividad no haya sido paralizada por la declaración del estado de alarma.

Excepciones:

  • Trabajadores de los sectores calificado como esenciales
  • Trabajadores de las líneas de producción cuya actividad corresponde a sectores calificado como esenciales.
  • Trabajadores que estén aplicando ERTE o aquellas les sea autorizado ERTE durante la vigencia de este permiso retribuido.
  • Trabajadores que se encuentra de baja por incapacidad temporal o con el contrato suspendido
  • Trabajadores que puedan realizar su actividad por teletrabajo o de manera no presencial.

¿Cuándo se recuperan las horas?

Desde el día siguiente de la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020. Esta recuperación se negociará en un periodo de consultas abierto entre la empresa y representación legal de los trabajadores.

¿Las empresas que deban aplicar el permiso pueden mantener la actividad?

Sí, siempre y cuando sea necesario estableciendo el número mínimo de plantilla y turnos estrictamente imprescindibles.

¿Qué sucede con los empleados públicos?

El Ministerio de Política Territorial y Función Publica y los competentes en CCAA y entidades locales son competentes para regular la prestación de servicio con el fin de mantener en funcionamiento los servicios que consideren esenciales.

¿Qué sucede con el personal de empresas adjudicataria de contratos del sector público?

No les resultará aplicable a los trabajadores el permiso retribuido recuperable.

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