El Ejecutivo aprobó ayer la extensión hasta el 31 de mayo de la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos (los ERTE). Cuya ocupación se ha visto afectada por la pandemia de covid-19. Estas son las condiciones prorrogadas, con algunas novedades incluidas en el acuerdo alcanzado por el Gobierno y las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y UATAE.

Autónomos y los ERTE

CESE TOTAL DE ACTIVIDAD

  • Se mantiene la prestación a aquellos trabajadores autónomos que vean suspendida toda su actividad como consecuencia de la covid-19, cuya cuantía es del 50 % de la base mínima de cotización que se incrementará un 20 % si el autónomo es miembro de una familia numerosa.
  • El autónomo queda exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo contará como cotizado.
  • La prestación es compatible con ingresos por cuenta ajena hasta de 1,25 veces el salario mínimo interprofesional (SMI).
  • El beneficio mínimo estimado es de 760 euros.

CAÍDA DE INGRESOS

  • Se prorroga la prestación compatible con la actividad y se modifica el requisito de facturación. La podrán solicitar aquellos trabajadores cuyos ingresos en el primer semestre de 2021 caigan el 50 % (antes era el 75 %) respecto al segundo semestre de 2019.
  • El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

BAJOS INGRESOS

  • Se mantiene la prestación extraordinaria por bajos ingresos para quienes no cumplan los requisitos para acceder a las anteriores prestaciones. Se destina a aquellos trabajadores autónomos que sufran una caída de ingresos y que en el primer semestre de 2021 no superen los 6.650 euros.

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  • La cuantía es del 50 % de la base mínima y es compatible con ingresos por cuenta ajena de 1,25 veces el SMI.

AÚTONOMOS DE TEMPORADA

  • Se prorroga, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70 % de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.

SUSPENSIÓN DE LA COTIZACIÓN

Otra de las novedades acordadas es la suspensión hasta el 31 de mayo de la subida del 0,3 % de los tipos de contingencias profesionales y de cese previsto en el acuerdo plurianual que Gobierno y autónomos firmaron en 2018.

Autónomos y los ERTE

AUTÓNOMOS Y LOS ERTE: ¿PRÓRROGA?

El Gobierno ha aprobado, tras cerrar un nuevo acuerdo con patronal y sindicatos, la prorroga de las condiciones de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) asociados a la pandemia hasta el 31 de mayo. Estas son algunas de las claves de esta herramienta, esencial para proteger a empresas y trabajadores en la crisis de la covid-19, tras la nueva ampliación:

Se mantienen los tres tipos de ERTE acordados en septiembre con el mismo esquema de exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social. Por un lado el de fuerza mayor para las empresas de sectores especialmente perjudicados por la pandemia, así como aquellas de su cadena de valor o cuya facturación dependa de las primeras. En este caso, las exoneraciones son del 85 % o del 75 % en función del tamaño de la empresa.

Se mantiene el ERTE de impedimento para las empresas que vean «impedida» su actividad por las restricciones adoptadas por las autoridades con exoneración del 100 % si tiene menos de 50 trabajadores, y del 90 % si tiene más.

En cuanto al ERTE de limitación, que también sigue igual, servirá para las empresas que vean limitada solo parcialmente su actividad por medidas administrativas, con exoneraciones decrecientes en función el tiempo que dure el expediente y que también llegan al 100 % en algunos casos.

¿Qué más se mantiene?

También se mantiene en esta prorroga que la prestación del trabajador sea por el 70 % de la base reguladora; así como el «contador a cero» hasta 2022, es decir que el cobro de la prestación por desempleo asociado a estos ERTE no restará derechos futuros para cobrar el paro, así como la protección a los fijos discontinuos y otros colectivos como los artistas de espectáculos públicos.

Junto a esto, sigue vigente la cláusula de mantenimiento de empleo, que impide a las empresas en ERTE despedir a trabajadores durante los siguientes seis meses o de lo contrario deberán devolver todas las ayudas.

Tierno Centella. Autónomos y los ERTE.

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