En Tierno Centella queremos explicarte qué es y cuál es el proceso para poner una reclamación de cantidad laboral, ya que muchas empresas no pagan el salario correspondiente a sus trabajadores e incluso, no pagan los finiquitos e indemnizaciones correspondientes por despido.

Cuando un trabajador pone una demanda judicial exigiendo a la empresa el pago de una cantidad económica que le debe y que tiene origen en la relación laboral y contractual que mantenía con ella.  Esta situación se define como una reclamación de cantidad. Supone una protección contra el despido sufrido a consecuencia de haber puesto esta demanda o de iniciar el proceso.

En la reclamación de la cantidad laboral se puede solicitar el 10% de interés anual moratorio laboral solamente de la cantidad correspondiente a los conceptos salariales de la nómina. Y el plazo para reclamar es de 1 añotal y como establece el Estatuto de Trabajadores incluyendo la independencia de cada nómina como una deuda independiente. Este proceso se mantiene después de que la vinculación contractual haya terminado, incluso si has renunciado al puesto, siempre que no hayas firmado el finiquito que libere a tu empresa de las obligaciones y cantidades adeudas.

Proceso para llevar a cabo una reclamación de cantidad laboral

Papeleta de conciliación

El primer paso que debemos seguir para iniciar el proceso de efectuar una reclamación de cantidad laboral es la presentación de una papeleta de conciliación en el servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación correspondiente al domicilio en el que el empleado resida y en la que la empresa tenga su sede. 

Este documento contiene los detalles para que se pueda llegar a un acuerdo sin la necesidad de llegar al proceso judicial, aunque muchas veces es un simple trámite. Lo habitual es que el acuerdo no se produzca por lo que el trabajador deberá presentar la demanda de reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social.

Proceso monitorio

Este proceso solo es aplicable en los casos en los que no exista controversia en el proceso de reclamación de cantidades, por lo que se desarrolla más rápidamente sin precisar servicios de un procurador y un abogado. Su aplicación se limita a las siguientes situaciones:

  • Reclamación efectuada frente a una empresa que no se encuentre en concurso de acreedores. 
  • Reclamación no supera los 6000€ en total. 
  • Reclamación de cantidades es sobre cantidades vencidas, con cuantías determinadas o exigibles que provengan de la relación laboral que se mantiene o mantenían ambas partes salvo si son de carácter colectivo.

Si se encuentra en alguno de esos tres supuestos, se podrá iniciar este proceso mediante un formulario especifico que ha de entregarse al Juzgado de lo Social junto con el contrato laboral que te vincule con la empresa, los recibos de salarios y un informe actualizado de la vida laboral 

Si se acepta la petición, el empresario está obligado a pagar la cantidad reclamada en un máximo de 10 días, en caso de oponerse, se iniciará el proceso ordinario.

Proceso ordinario

Cuando el empresario se niega a abonar la deuda y los impagos de los salarios son continuados, el trabajador puede acogerse al artículo 50.1b del Estatuto de los Trabajadores, por el cual le permite extinguir el contrato de trabajo sin perder sus derechos. En este caso se necesitará un procurador y un abogado. 

El caso de que la empresa se encuentre en concurso de acreedores o insolvencia, el encargado de pagar la deuda al trabajador será el Fondo de Garantía Salarial. 

Si tienes cualquier duda respecto al proceso de reclamación de cantidades, en Tierno Centella te ayudamos con el proceso. ¡Solicita una consulta!

Hablemos de tu caso