[vc_row][vc_column][vc_column_text]Una de las principales novedades de la Reforma Laboral de 2012 fue la cláusula de descuelgue. En el artículo explicamos en qué consiste y las consecuencias prácticas que ha tenido.

La cláusula de descuelgue: la política de convenios hasta 2012

Más allá de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores como derecho genérico, cada sector de actividad cuenta con un convenio colectivo, según lo que se especifica en el artículo 82. Los convenios eran indefinidos hasta que una de las partes (empresas o trabajadores) lo denunciaba. A partir de ese momento, se abría el periodo de negociaciones.

En el caso de que no hubiese acuerdo entre patronal y trabajadores, este quedaba automáticamente prorrogado. Cuando se hizo la última Reforma Laboral, era un lugar común contar con convenios caducados 4 o 5 años atrás. A esta situación se la denominada ultraactividad o, coloquialmente, petrificación del convenio. Si no había un laudo arbitral, la situación se podía mantener así sine die. Lo cierto es que tampoco había un gran incentivo por cambiarlo por parte de los sindicatos. Hasta que se puso el foco en este aspecto, no había demasiados conflictos sociales por ello.

La principal ventaja es que la no renovación del convenio implicaba que no había un recorte en derechos salariales. Por contra, lo que sucedía es que la llamada petrificación hacía que algunas medidas quedasen claramente desfasadas. Finalmente, conviene recordar que los convenios son sectoriales pero, en algunos casos, también territoriales. Tener en cuenta esto es fundamental para entender cómo ha afectado la reforma.

Cláusula de descuelgue en la Reforma Laboral de 2012

La cláusula de descuelgue ya se contemplaba en la legislación laboral, pero en 2012 se incluyó una novedad. Las empresas y sindicatos tenían una prórroga máxima de 1 año para renovar el convenio colectivo. En caso de que esto no sucediese y si no se aceptaba el laudo arbitral, pasaban a regirse automáticamente por el de ámbito superior.

Hay que entender que uno de los objetivos principales de la Reforma Laboral de 2012 era abaratar el despido. Eso se hizo con las indemnizaciones máximas y con el aumento de los supuestos de despido objetivo. En la práctica, y aunque de forma tangencial, esto también redunda en esa idea. La principal diferencia es que los otros casos son automáticos y este es a medio plazo. Vamos a explicar cómo se ha aplicado.

Esta novedad supuso, como consecuencia principal, que las condiciones de los convenios empeorarían y se obligaba a negociar en una posición de debilidad a los sindicatos. Por ejemplo, si la empresa tenía convenio propio, pasaba a regir el convenio sectorial o si había convenio provincial, pasaba a regir el autonómico. Cuanto más concreto sea el alcance de un convenio, mejor para los trabajadores.

Sin embargo, hay que decir que uno de los efectos principales quedó eliminado en 2014. En la sentencia del Tribunal Supremo 5504/2012 se deja bien claro que la limitación de la ultraactividad no afecta a aquellos derechos que los trabajadores hubiesen obtenido de forma individual antes. Por lo tanto, y en caso de nuevo convenio, el trabajador podrá contractualizar a título indidivual las condiciones anteriores. Esto ha supuesto, en la práctica, que los trabajadores antiguos mantenían la mayoría de las prestaciones. El cambio de la ultraactividad no afecta a los contratados desde que se extinguió el convenio antiguo, a los que sí se les aplicarán los cambios.

En definitiva, la cláusula de descuelgue contribuyó a abaratar el despido en algunos aspectos. Ahora bien, el recurso al laudo arbitral tiene como objetivo acelerar la negociación de los convenios. De esta manera, sí podemos decir que los convenios resultantes se adaptan más a las novedades del sector.

Conclusión

Como hemos podido ver, el descuelgue según la última Reforma Laboral no afecta a los trabajadores antiguos. Este es el motivo por el que mantendrás la antigüedad y derechos que tenías antes de 2012, si llevas varios años en la empresa. En cualquier caso, si tienes un problema, siempre es bueno consultar con un profesional para no hacer dejación de derechos.

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